El cuerpo deliberante entiende que hubo un mal uso de los recursos del fondo sojero por parte del mandatario municipal. Aseguran que Vitter usó el dinero para gastos corrientes sin informar al Concejo. Pese a que el mismo intendente vetó la ordenanza, los ediles insistirían con investigar el uso de esos fondos.
El intendente Vitter fue suspendido por el Concejo Municipal, aunque éste vetó la ordenanza y se mantuvo en su cargo.
A través de una ordenanza,
el Concejo Deliberante de la localidad de La Tigra decidió esta semana
suspender al actual jefe comunal, Gregorio Vitter, acusándolo de usar recursos
del fondo sojero para pagar cuentas corrientes del municipio.
El proyecto tratado y
aprobado por los tres ediles que conforman la legislatura municipal estableció
la suspensión del mandatario por 15 días, y decretó a la presidenta del
Concejo, Alba Elsa Mabel Sánchez, como titular del Ejecutivo hasta tanto se investigue
el uso del dinero del Fondo Federal Solidario.
"El uso de dineros
del Fondo Federal Solidario, que tiene un destino específico, fue usado por el intendente
en gastos corrientes, sin que el Concejo Municipal haya tenido conocimiento, y
sin que se haya solicitado al Cuerpo Deliberante una excepción temporal y de
carácter extraordinario para darle otro destino a dichos fondos”, reza la resolución
del Honorable Concejo Deliberante de La Tigra, firmado por los tres integrantes
del organismo.
Al respecto, vale
recordar que el decreto 206/2009 crea el Fondo Federal Solidario, con la
finalidad de financiar, en provincias y municipios, obras que contribuyan a la
mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o
vial en ámbitos urbanos o rurales, con expresa prohibición de utilizar las
sumas que lo compongan para el financiamiento de gastos corrientes.
En este sentido
señalaron que "esta anomalía por parte del Ejecutivo municipal importa una
seria irregularidad, con incidencia patrimonial o institucional, tal lo
establecido en el artículo 49 inciso b) de la ley 4233 Orgánica de Municipio en
concordancia con el artículo 75 de la citada normativa: Que al respecto el
artículo 51 de la ley 4.233 establece que ‘Si se produjere el caso a que se
refiere el artículo 49 inciso b), se procederá a convocar a una Comisión
Investigadora integrada por lo menos por dos Concejales en los Municipios de
primera y segunda categoría. En lo posible de distintos signos políticos: y por
un Concejal en los de tercera categoría. Esta Comisión tendrá el cometido de
investigar la verdad de los hechos. Con las más amplias facultades’”,
explicaron.
Ante esto, entendían
que debía suspender al intendente para investigar según los argumentos
precedentes, a fin de que el mandatario municipal no interceda con sus facultades,
al cuerpo investigador.
Sin embargo, tras su
aprobación, el mismo jefe comunal, vetó la ordenanza, y quedó cumpliendo
normalmente sus funciones, aunque trascendió que los concejales insistirían con
llevar adelante el cumplimiento de dicha ordenanza.
Fuente: Diario Primera Linea
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