Empresas del Estado y Pymes Industriales no Pagaran Alumbrado Público

El Parlamento chaqueño aprobó por unanimidad el proyecto de ley 1356, a partir del cual la empresa Secheep se abstendrá de facturar el concepto de alumbrado público, de 10,74%, a pequeñas, medianas y grandes pymes industriales, incluidas las que producen y distribuyan agua potable. Además, a aquellos establecimientos del Estado provincial que presten servicios de salud, educación y seguridad.

La normativa, impulsada por la diputada justicialista Claudia Panzardi, se aplicará con retroactividad al mes de junio de 2016. Se funda en lo "imperioso" de llevar adelante acciones que reviertan la situación de crisis por la que atraviesan las pymes chaqueñas, "permitiéndoles elevar su competitividad y así potenciar la generación de nuevos puestos de empleo".

Y, con el mismo tenor, la legisladora planteó la situación de la industria productora de agua potable, incluías las cooperativas, "así como aquellos establecimientos de bien público dependientes del Estado provincial, referido a los servicios de salud y de seguridad".
En estos términos solicitó al Parlemento "que dicte la norma legal que exima de la alícuota del Alumbrado Público a las categorías de usuarios pequeños, medianos y grandes industriales (...), además de la exención fijada por la Ley 7812 a la Electrificación Rural".

Retroactiva a junio de 2016

La diputada Beatriz Bogado, presidenta de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, remarcó que el proyecto fue analizado en dicha cartera, y explicó que el concepto de Alumbrado Público no se facturó a todo este sector de empresas públicas desde el 24 de septiembre de 1993 cuando se sancionó la ley 3930. Luego, en agosto de 1993, incluyeron a las pequeñas, medianas y grandes pymes industriales y a la Electrificación Rural prestada por cooperativas, a partir del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, que estableció la derogación de los impuestos provinciales específicos que graven, entre otras cosas, la transferencia de energía eléctrica a excepción de la destinada a uso domestico.

En junio de 2016, la sanción de la Ley 7812, que instituyó un régimen de distribución entre la empresa SECHEEP y las Municipalidades, por el alumbrado público, echó por tierra aquella exención que las beneficiaba en ese concepto. Por lo que, desde esa fecha, tanto las empresas del Estado como las pymes chaqueñas volvieron a abonar por ese concepto en la facturación de consumo energético.

La ley sancionada este miércoles por unanimidad, vuelve a exceptuarlas, con reatroactividad a junio de 2016, del concepto de alumbrado público en la facturación del consumo eléctrico.

Comentarios