Pensiones: intiman a discapacitados a realizar el certificado médico digital

Una nueva modalidad para garantizar la continuidad del beneficio de las pensiones por discapacidad genera cierta preocupación, tanto de parte de los beneficiarios como de los profesionales de la salud que deben emitir la documentación.
La Agencia Nacional de Discapacidad estableció ahora que los certificados médicos, expedidos desde los hospitales, deberán ser digitales. Es decir, ya no tendrán validez aquellos que se realicen a mano y se presenten en formato papel. Los pensionados tienen 60 días para concretar el trámite, una vez recibida la carta documento que los intima.
La mayoría de las notificaciones llegó el 11 de febrero y desde esa fecha corre el plazo y por consiguiente el temor de perder el beneficio.



Cómo se realiza la gestión, paso a paso

En la página de la Agencia Nacional de Discapacidad se establecieron las preguntas frecuentes para avanzar en la digitalización del trámite.

¿Cómo se realiza la constancia?


El médico debe ingresar con su clave fiscal a una plataforma conocida como TAD (Trámites a Distancia). Allí, el especialista firmará el Certificado Médico Online (CMO) de manera digital, el cual se adjuntará automáticamente al expediente del paciente con la firma del director del hospital o centro de salud. 

¿Qué otra documentación se necesita para hacer el trámite del beneficio?


En primer lugar, es necesario acreditar que la capacidad laboral de la persona está disminuida en un 76% o más. Además, el interesado debe llevar el DNI y el Cuil; en caso de ser menor de edad también deberá llevar los de sus padres o tutores. 
Por otro lado, la copia o transcripción del resumen de historia clínica -firmado por un médico competente- también es necesaria para el trámite.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar una pensión no contributiva?


Se trata de un beneficio que desde el Estado se otorga para quienes necesiten de esta ayuda económica. Así, en la web oficial de la Agencia Nacional de Discapacidad se detallan los requisitos específicos que deben cumplir aquellos que quieran conseguir una pensión de estas características. 
En primer lugar, es clave que la persona y su cónyuge no perciban jubilación, pensión, retiro o prestación no contributiva. 
Asimismo, la persona debe encontrarse fuera del régimen laboral de relación de dependencia; es decir, que si trabaja no debe encontrarse en una situación de tales características.
Por otro lado, es necesario no tener bienes, ingresos o recursos que permitan la subsistencia propia o del grupo familiar, ya que de ese modo sería innecesaria la pensión. 
Además, el organismo oficial también establece como requisito que la persona no tenga parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, en caso de tenerlos, se encuentren imposibilitados de hacerlo. 

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